A todos los socios:

 

PREÁMBULO

            En toda sociedad es necesario redactar unas normas que deben ser respetadas por todos los socios y participantes, asegurando así, una dignidad y buen trato en la convivencia.

La junta directiva desea que todos los asociados, con buen animo y criterio, colaboren y ayuden a que estas normas sean cumplidas.

 

GENERALIDADES

            Para un mejor conocimiento y manejo de estas normas, se han dividido en los siguientes apartados:

1.- Normas sobre la admisión y bajas de socios.

2.-Cuotas.

3.- Reuniones.

4.- Faltas Y sanciones

5.- Actividades deportivas, sociales y culturales.

6.- Obligaciones y derechos de los socios.

 

1.- NORMAS SOBRE LA ADMISIÓN Y BAJAS DE SOCIOS

1.1.- Adultos

            Para aceptar la solicitud de un nuevo socio al moto club, será imprescindible ser presentado por al menos dos socios de los ya existentes, con al menos un año de antigüedad en el club y al corriente de pago.

            Estos socios que hagan de avalistas, estarán obligados a dar cuantas referencias les sean requeridas por la junta directiva.

            Tras la aprobación de dichas solicitudes por la junta directiva, estas personas harán efectivo el pago del trimestre en curso, en su totalidad, en un plazo no superior a 15 días desde la comunicación de su aceptación.

            Solo cuando sea presentado ante la junta general, y no habiéndose producido reclamación alguna por parte de los demás socios, esta persona obtendrá la condición de asociado de pleno derecho.

            En el caso de producirse rechazo  de ese solicitante, se le devolverá íntegramente la cuota pagada.

 

1.1.1.- Adquisición de número de socio

            El Nº de socio se adquirirá en el momento que el futuro socio sea admitido como tal, una vez entregada la documentación requerida por este moto club con el visto bueno de la directiva  y aceptado por la Asamblea  General.

 

            Los números de socio, se irán dando de manera correlativa, teniendo en cuenta la fecha de la adquisición de la condición de socio, salvo que la directiva  considere oportuno la variación de este, por algún motivo que beneficie al moto club.

            El Nº adjudicado a cada socio es personal e intransferible. Si un socio causa baja por los motivos que sean, su Nº de socio, también será dado de baja, no pudiéndose utilizar de nuevo, ( salvo que se acuerde por la junta directiva, su utilización, solo en casos muy concretos).

 

1.2.- Infantiles y juveniles

            Serán socios infantiles (i) y juveniles (j), todos aquellos que no teniendo la mayoría de edad, deseen pertenecer a este moto club.

 

1.2.1.- Requisitos para ser socios

Será requisito imprescindible la autorización firmada de sus padres o tutores legales, acreditada por documento legal.

Si los padres o tutores legales no pertenecen al moto club o presentan su solicitud de alta al mismo tiempo que  el menor, este deberá estar apadrinado por un socio que ya pertenezca al moto club, debiendo firmar este socio un documento en el que se responsabilice del menor en su relación con el moto club Cartagena.

           

1.2.2.- Condición de socio infantil y socio juvenil

            Socio infantil(i) Hasta la edad, en la que legalmente pudiera conducir un ciclomotor.

Socio juvenil (j) Hasta que cumpla la mayoría de edad, pasando a ser socio de pleno derecho.

 

1.2.3.- Adquisición del Nº de socio

            Será el que le corresponda en el momento de ser admitido como socio, mientras sea socio infantil llevara su Nº mas una (i), en el caso de los juveniles su Nº mas una (j).

           

1.3.- Baja voluntaria

            Los socios podrán presentar su baja en el moto club voluntariamente, notificándolo con al menos 1 mes de antelación, pero ello no les eximirá de las obligaciones que tengan pendientes.

 

1.4.- Baja forzosa

            La junta directiva podrá dar de baja del moto club a aquellos socios que cometan actos que los hagan indignos de seguir perteneciendo al mismo. La separación será precedida de expediente en el que deberá ser oído el interesado, y contra el acuerdo de la junta directiva, se podrá interponer recurso ante la primera Asamblea General.

 

1.5.- Baja de socios infantiles y juveniles

De manera voluntaria, tanto de ellos como por parte de alguno de sus padres, tutores o socio responsable.

            Cuando la baja es voluntaria, deberá estar ratificada por alguno de sus padres o tutores legales.

            Si sus representantes legales o socio responsable causarán baja por el motivo que fuera, automáticamente, ellos serán baja también.

 

2.- CUOTAS

            Parte fundamental del sufragio de gastos generales del moto club, se basan en las aportaciones de los socios por medio de cuotas trimestrales. Las cuotas serán fijadas o modificadas por la junta directiva y aprobadas por la Asamblea General.

            Tendrán obligación del pago de cuotas por adelantado,  todos los asociados, para lo que deberán facilitar una cuenta bancaria donde domiciliar dichos pagos. El nuevo socio deberá ingresar la totalidad del trimestre en curso, así como facilitar los datos bancarios.

 

2.1.- Infantiles y juveniles

            Los socios infantiles están exentos de abonar cuota alguna.

            Los socios juveniles abonarán una cuota simbólica, la que la junta directiva  estime oportuno.

 

3.- REUNIONES

 

3.1.- Asamblea General

            Se reunirá según lo establecido en el articulo 11 de los estatutos. A tal efecto el moto club tendrá un local habilitado para dichos fines.

 

3.2.- Junta directiva

            Se reunirá según lo prefijado en el articulo13 de los estatutos de este moto club.

            Las resoluciones adoptadas por la misma serán comunicadas por escrito a todos los socios, en un plazo máximo de 72 horas posterior a su celebración. Abriéndose un periodo de presentación de replicas de 24 horas, estas reclamaciones podrán hacerse telefónicamente o correo electrónico al secretario, considerándose solo aquellas que sean respaldadas por, al menos, cuatro socios.

            Las resoluciones tomadas con carácter urgente deberán comunicarse telefónicamente al socio o grupo de socios que pudieran sentirse afectados en un plazo máximo de 24 horas, dando la oportunidad de replica solo en el mismo momento de la comunicación.

 

4.- FALTAS Y SANCIONES

 

4.1.- Generalidades

            Se creara una comisión disciplinaria independiente, encargada de recibir y cualificar las faltas y sanciones, formada por el Presidente, Vicepresidente, dos vocales, un socio elegido al azar y una persona designada por el inculpado.

            El moto club se reserva el derecho de actuar contra el infractor, por otros cauces legales que no sean los propios de la asociación.

 

4.2.- Clasificación de faltas y tipo de sanción

            Las sanciones irán en función de la falta cometida, para ello las falts se clasifican en:

- Leves           (amonestación verbal)

- Graves          (apertura de expediente y sanción sí procede)

- Muy graves   (expediente de expulsión)

La acumulación de tres faltas leves, en un periodo inferior a un año, dará lugar a una falta grave.

La acumulación de dos faltas graves dará lugar a una falta muy grave.

Una vez producida una falta grave por acumulación de tres faltas leves, la siguiente falta aun en caso de ser de carácter leve, será considerada como grave.

La falta muy grave dará lugar a expediente de expulsión que se resolverá tal y como se especifica en el articulo 38 de los estatutos del moto club Cartagena.

 

4.3.- Consideraciones de faltas

 

4.3.1.- Leves

            Dado el amplio abanico, que podría ser considerado como falta leve, quedará a criterio de la comisión disciplinaria el calificar una posible falta como leve o no, quedando desde ese mismo instante sentado precedente de falta o no falta, sin perjuicio de que las circunstancias que concurran en cada uno de los casos, hagan variar el grado de gravedad de la misma falta.

 

4.3.2.- Graves

            Tendrán la consideración de faltas graves y a tal efecto serán motivo de apertura de expediente, las siguientes causas:

a.-        Falta de pago de dos cuotas trimestrales sin causa justificada, y en el caso de haber motivo pasaría a ser evaluado por el comité de disciplina para tomar una determinación al respecto.

b.-       Escasa colaboración reiterada en las distintas actividades oficiales del moto club. Así como hacer caso omiso de las recomendaciones y reglas que establezca la organización.

c.-        Incumplimiento de las normas reflejadas tanto en los estatutos       como en el presente reglamento.

d.-       Incumplimiento del código de circulación así como de las demás leyes vigentes.

e.-        Cualquier otra actuación que el comité de disciplina considere punible de gravedad.

 

4.3.3.-Muy graves

a.-        Actos que puedan empañar el buen nombre y prestigio del Moto Club Cartagena o de sus componentes.

b.-       Incumplimiento de las resoluciones que afecten a la totalidad de los socios del club y que hubieran sido aprobadas en las Asambleas Generales.

c.-        Cualquier otra actuación que el comité de disciplina considere punible de muy grave.

5.- ACTIVIDADES

Quedan excluidos, para participar en las actividades programadas por éste moto club, los vehículos de cuatro o más ruedas, no pudiendo ser inscritos para tal fin.

Este tipo de vehículos, podrá actuar solamente como apoyo, ayuda o vehículos auxiliares en las distintas disciplinas organizadas por este moto club, siempre a requerimiento de la directiva o comité organizador de ese evento.

 

5.1.- Rutas moto turísticas

El moto club Cartagena organizará regularmente rutas moto turísticas por el termino regional y colindante, que tendrán una actividad cultural como motivo central y/o destino.

Este moto club cree conveniente que todas las personas que participen en sus actividades, conozcan mas a fondo, las ciudades, pueblos, parajes y fiestas de la región en que vivimos. Se proporcionará a los asistentes un pequeño dossier con información de los monumentos mas representativos que existan en las ciudades o pueblos visitados, información de los espacios naturales por los que transcurra la ruta organizada y unas breves notas sobre la historia de las fiestas populares a las que se asista.

Estas rutas podrán ser organizadas por cualquier socio, individual o conjuntamente, siendo elegida por la junta directiva, la ruta y la fecha de realización, entre las distintas propuestas.

Las rutas estarán planificadas con las distintas paradas (almuerzo, comida, visitas, ocio, etc.) serán valoradas conjuntamente entre el organizador y la junta directiva, fijándose un precio para la misma que será incrementado en  una pequeña cantidad para los gastos que se originan en su organización. Estas serán financiadas particularmente por cada socio o simpatizante que participe en ellas.

El organizador de la ruta, tendrá derecho a la participación en la misma sin coste alguno para compensar las molestias y gastos que supone la organización de esta. Auque si esta se organiza por mas de un socio, este beneficio será compartido.

Si la organización tiene que suspender una ruta por motivos de fuerza mayor, será reintegrado a cada participante la totalidad ingresada para dicha actividad.

Si un participante, una vez confirmada su asistencia e ingresada la cantidad correspondiente, no se presenta a la salida el día de la misma no tendrá derecho a reclamar ninguna cantidad ingresada para tal actividad. No obstante y previa justificación, si el motivo fuere de causa mayor podrá reclamar la devolución del 80% de la cantidad ingresada, quedando el 20% restante a disposición del moto club para cubrir los gastos originados.

 

Los socios del moto club, participantes en las rutas moto turísticas, tendrán derecho a un beneficio del 10% del coste total de la actividad, este se acumulará en su cuenta particular y podrá ser utilizado en cualquier evento organizado por el moto club, solicitándolo con la debida antelación.

 

5.2.- Actividades deportivas, moto almuerzos y concentraciones

El moto club Cartagena podrá organizar cuantas actividades deportivas y sociales sean propuestas y aprobadas por la Asamblea General.

Todos los socios tienen la obligación de participar y colaborar en la medida de sus posibilidades, en la organización y desarrollo de las mismas.

 

6.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS SOCIOS

 

6.1.- Generales

            Son obligaciones de todos los socios cumplir y respetar, tanto los Estatutos del moto club Cartagena como el presente reglamento, amen de cualquier acuerdo que pudiera tomar la Asamblea General. Estas obligaciones vienen reflejadas ampliamente en los Estatutos y en este reglamento.

            Es derecho de todos los socios el participar en todas y cada una de las actividades que se organicen por el moto club, beneficiarse del uso y disfrute de todas y cada una de las pertenencias comunes del club, sin perjuicio para el resto de asociados, y en definitiva beneficiarse de cualquier ventaja o prerrogativa que pudiera tener el pertenecer a este moto club.

 

6.2.- Infantiles y Juveniles    

            Deberes:

En el caso de los infantiles podrán realizar tareas, acorde con su edad, ya que siempre estarán en presencia de alguno de sus padres, tutores o socio responsable.

En caso de los juveniles ayudarán al moto club (siempre de forma voluntaria y con consentimiento de alguno de sus padres, tutores o socio responsable) en tareas, acorde con su edad, acompañado siempre de un socio adulto.

            Derechos:

Tanto los infantiles como los juveniles tendrán los mismos derechos que los adultos, excepto:

Los infantiles podrán asistir a las asambleas y juntas, siempre acompañados por alguno de sus padres, tutores o socio responsable, no teniendo voz (salvo que se le requiera para ello, si lo autorizan sus padres, tutores o socio responsable) ni voto.

En caso de los juveniles podrán asistir a las asambleas y juntas, con la autorización firmada de alguno de sus padres, tutores o socio responsable, teniendo voz pero no voto.

Normas de Régimen Interno. Moto Club Cartagena